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Jun

VENDER O COMPRAR VIVIENDA VPO

 

En el momento que hemos adquirido una Vivienda de Protección Oficial, se nos ha explicado y hemos firmado un contrato, con un régimen jurídico especial, que contiene ciertos requisitos y limitaciones que se encargan de proteger la certificación de VPO para dicho inmueble.

Este tipo de vivienda, está pensada para garantizar el acceso a un hogar digno y estable para personas con pocos recursos y necesidades especiales.

El Estado subvenciona las viviendas de Protección oficial (VPO) y por tanto limita su precio, compensado al constructor y regulando a través de la administración correspondiente, todo lo relativo a dichas viviendas, incluso el futuro proceso de venta.

Este tipo de viviendas tienen unas características comunes que son las siguientes:

– Como norma general la superficie de este tipo de vivienda no supera los 90 m2.
– Si está destinada la vivienda para personas con discapacidad o movilidad reducida, puede llegar a tener 108 m2 de superficie y si es para familias numerosas, 120 m2 .

¿Se puede vender una Vivienda de Protección Oficial?

Sí se puede vender una VPO, aunque para poder hacerlo se deben cumplir ciertas condiciones.

Si quiere vender su vivienda VPO o comprar una de segunda mano en Andalucía, lea detenidamente:

– Cada comunidad autónoma establece el tiempo que debe pasar entre la adquisición de la vivienda y su descalificación y, por tanto, su disposición para la venta libre. Por norma general este período de tiempo es de 10 años.
Aún así, hay excepciones si se trata de venderla antes de que haya pasado este período.

– La Junta de Andalucía establecerá un precio máximo legal para la venta, el cual no se puede superar.

– El comprador que desee adquirir la vivienda que usted vende tendrá también que cumplir con una serie de requisitos para poder cerrar la transacción de forma legal.

En Andalucía si eres propietario de una vivienda protegida y estás interesado en transmitirla deberás seguir el procedimiento y los requisitos establecidos en la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, y el Reglamento de Vivienda Protegida aprobado por Decreto 149/2006, de 25 de julio, modificado por el Decreto 161/2018, de 28 de agosto.

Como VENDEDOR de una VPO, debes tener en cuenta que se te va a solicitar cierta documentación:

– DNI del propietario o propietarios de la vivienda de VPO.
– Justificantes de todas las ayudas recibidas.
– El justificante del contrato de Hipoteca, en el caso de que sea el tipo de préstamo que has adquirido para comprar dicha vivienda.
– El documento de calificación de la vivienda.
– El número de expediente de los terrenos o fincas donde se encuentra la vivienda.
– Por último, la nota simple del registro de la propiedad.

Con esta documentación puedes tramitar una solicitud para presentar en la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda demandando la autorización para la venta del inmueble.

En nuestra agencia gestionamos todos los trámites de manera gratuita a nuestros clientes por el sencillo hecho de comprometernos a venderles la casa.

¿ Cómo se ha de vender una VPO ?

Si hemos encontrado un comprador que cumple con los requisitos para poder ser el nuevo propietario se puede proceder a la venta.
En este caso, es común que se den dos posibilidades:

– Que se quiera vender antes de que hayan pasado 10 años desde la compra.
– Que se quiera vender cuando ya han pasado los 10 años, como propietario.

En la primera de las situaciones, el propietario que se quiere deshacer de su vivienda deberá justificar su decisión y esperar a que su solicitud sea aprobada, o denegada. Los motivos por los que se autoriza la venta de la VPO antes de que hayan pasado los 10 años son los siguientes:

– Que se justifique un traslado de ciudad por motivos laborales
– Que haya incrementado la familia
– Si se ha de convivir con una persona mayor de 65 años, del núcleo familiar.
– Si existe una sentencia que confirma una situación de malos tratos.
– Si alguna persona del núcleo familiar es víctima de terrorismo.
– Cuando se den situaciones posteriores a la adquisición como pueden ser fallecimiento o discapacidad de alguno de los miembros, nulidad, divorcio o separación de la pareja. En este caso uno de los cónyuges puede vender la vivienda al otro, justificando el divorcio.
– Si las cuotas del préstamos hipotecario con el que se está financiando la vivienda supera la tercera parte de los ingresos familiares, en relación a lo establecido en el Plan de Vivienda vigente.
– Otras causas que se establezcan en el Plan de Vivienda.

Una vez se considera que el motivo es justificado se deberá presentar la solicitud de venta en Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de la provincia donde se ubique la vivienda.Puede parecer una tramitación complicada y, para mucha gente, supone un gran inconveniente que le hace desistir en el proceso, pensando en todo el tiempo que va tener que dedicar.

En nuestra agencia nos encargamos de gestionar toda tramitación de V.P.O. en la Junta de Andalucía de forma totalmente gratuita tanto para el vendedor como para el comprador.

En el caso de que hayan transcurrido los 10 años de rigor, lo que va a necesitar es un COMPRADOR que cumpla los siguientes requisitos:

– Se tiene que comprometer a que dicha vivienda sea su residencia habitual y permanente.
– No puede ser propietario/a de otras viviendas.
– Los ingresos de la unidad familiar no podrán superar un índice pactado de Renta máxima anual, fijados en el Plan autonómico de vivienda de la Junta de Andalucía. Es decir, no se puede superar en 5,5 o el 3.5 (según tipo de vivienda) veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) de forma anual.

Y tramitar una solicitud de autorización a la junta de Andalucía, e incluso si se quiere vender a un precio libre, existe la posibilidad de tramitar la descalificación. En cuyo caso se debe conocer la obligatoriedad de devolución de las ayudas directas o indirectas que se hayan podido conceder en el tiempo transcurrido así como el incremento que hayan supuesto los intereses legales, y la autoliquidación de los beneficios fiscales correspondientes. A entregar en el plazo máximo de tres meses desde su notificación.

Sin duda, ya sea tu vivienda una VPO o una vivienda libre, en el momento de realizar la compra o venta de un inmueble contar con el asesoramiento de una Inmobiliaria experta, te ayudará a evitar numerosas molestias y preocupaciones, tanto en el momento de la operación de compraventa como posteriormente.

En inmobiliaria IDEALhouse nos encargamos de todas las gestiones, póngase en nuestras manos tanto si quiere comprar como vender una vivienda VPO, el proceso es largo y complicado, y nosotros somos expertos en gestionar todas las tramitaciones pertinentes.

Tenemos a su disposición diferentes tipos de viviendas VPO a la venta que pueden cubrir sus necesidades.